El fin de la semana, el Presidente del Congreso de la República del Perú, Daniel Abugattás, ha presentado el proyecto Ley denominada “Delito de grave perturbación de la tranquilidad pública o terrorismo blanco”, el mismo que conllevaría a reformar el Código Penal, toda vez que va incluir penas no menos de 5 años, ni mayor de 25 años, sin embargo como reza el viejo adagio, echa la ley, echa la trampa.
El proyecto señala que “Aquellas Personas Que Difundan O Pongan En Conocimiento De La Autoridad Pública O Los Medios De Comunicación, Y Terminan Siendo Inexistentes, Serán Sancionados Con Penas Privativas De La Libertad” Si bien, se debe de penalizar toda acción que genere miedo o temor en la ciudadanía, esencialmente cuando corresponda a una alerta que puede generar daños de gravedad psicológica (atentado de bombas o similares), que en si, muchas de esas denuncias terminan siendo falsas alarmas tal como se ha suscitado la semana pasada en la región del Cuzco o Arequipa, lo irrazonable del proyecto Ley en mención, es que puede ser mal interpretado para casos sociales y a su vez, manejado por intereses de la gran burguesía o de los grandes capitalistas, si se quiere decir.
Sucede que dentro del proyecto de Ley presentada por el Presidente del Congreso, alcanza las penas para aquellas personas que estén organizadas y que mediante ese mecanismo, dice el proyecto Ley “Perturben Gravemente La Paz Pública, Usando Medios Que Produzcan Alarma”, estos serán sancionados por penas por encima de los 25 años.
Desde la lógica del estado de derecho, puede ser considerado una configuración del delito de terrorismo, los que organizados en una organización perturben la tranquilidad pública, es decir, delitos serían tipificados todos aquellas organizaciones que efectúen una medida de lucha con motivo de sus reclamos reivindicativos, toda vez que, en una medida de fuerza popular, se configura el delito a la tranquilidad pública, es decir, tal como lo rotula la propuesta de Daniel Abugattás.
Ahora bien, desde la perspectiva social, medito que este proyecto Ley, en realidad tendría como esencia la persecución a los lideres y dirigentes gremiales sindicales, populares, dado que, el proyecto Ley puntualiza “Toda Persona Que Estén Organizada Y Que Mediante Ese Mecanismo Perturbe Gravemente La Paz Pública”, por ende, los dirigentes indeliberadamente estarían siendo capturados y bajo el nuevo Código Penal, serían sancionados con 25 años de pena efectiva, es decir, una ley que persigue a quienes reclamen sus derechos conquistados y por alcanzar.
Por lo expuesto, creo que la forma del proyecto Ley propuesta por el Presidente del Congreso, Daniel Abugattás, de encarcelar aquellos elementos que causen falsamente alarmas, es de importancia de modo que, se prevé el delito; en tanto, el fondo de este proyecto Ley, sería catastrófico y considerado como una casería de brujas si es que en los próximos días no se la revisa y se la analiza en el fondo del contenido, dado que, desde que se indica “Perturbar La Paz Pública”, las protestas sociales podrían ser tipificados como actos de terrorismo blanco, delito que conllevaría a la captura de todos los dirigentes y lideres sociales, que no hacen mas que reclamar derechos que les corresponden.
En consecuencia, de modo que Daniel Abugattás proviene de una bancada parlamentaria Nacionalista y un partido Progresista, dudo que la intención y la iniciativa legislativa sea para perseguir a dirigentes y destruir el movimiento popular; por lo que, es de emergencia analizar el fondo del proyecto, toda vez que, esta puede variar sustancialmente si se le da una interpretación del estado del derecho, y mas aun, si es analizada a quienes realmente podría alcanzar el ante proyecto Ley.
Atentamente.
El proyecto señala que “Aquellas Personas Que Difundan O Pongan En Conocimiento De La Autoridad Pública O Los Medios De Comunicación, Y Terminan Siendo Inexistentes, Serán Sancionados Con Penas Privativas De La Libertad” Si bien, se debe de penalizar toda acción que genere miedo o temor en la ciudadanía, esencialmente cuando corresponda a una alerta que puede generar daños de gravedad psicológica (atentado de bombas o similares), que en si, muchas de esas denuncias terminan siendo falsas alarmas tal como se ha suscitado la semana pasada en la región del Cuzco o Arequipa, lo irrazonable del proyecto Ley en mención, es que puede ser mal interpretado para casos sociales y a su vez, manejado por intereses de la gran burguesía o de los grandes capitalistas, si se quiere decir.
Sucede que dentro del proyecto de Ley presentada por el Presidente del Congreso, alcanza las penas para aquellas personas que estén organizadas y que mediante ese mecanismo, dice el proyecto Ley “Perturben Gravemente La Paz Pública, Usando Medios Que Produzcan Alarma”, estos serán sancionados por penas por encima de los 25 años.
Desde la lógica del estado de derecho, puede ser considerado una configuración del delito de terrorismo, los que organizados en una organización perturben la tranquilidad pública, es decir, delitos serían tipificados todos aquellas organizaciones que efectúen una medida de lucha con motivo de sus reclamos reivindicativos, toda vez que, en una medida de fuerza popular, se configura el delito a la tranquilidad pública, es decir, tal como lo rotula la propuesta de Daniel Abugattás.
Ahora bien, desde la perspectiva social, medito que este proyecto Ley, en realidad tendría como esencia la persecución a los lideres y dirigentes gremiales sindicales, populares, dado que, el proyecto Ley puntualiza “Toda Persona Que Estén Organizada Y Que Mediante Ese Mecanismo Perturbe Gravemente La Paz Pública”, por ende, los dirigentes indeliberadamente estarían siendo capturados y bajo el nuevo Código Penal, serían sancionados con 25 años de pena efectiva, es decir, una ley que persigue a quienes reclamen sus derechos conquistados y por alcanzar.
Por lo expuesto, creo que la forma del proyecto Ley propuesta por el Presidente del Congreso, Daniel Abugattás, de encarcelar aquellos elementos que causen falsamente alarmas, es de importancia de modo que, se prevé el delito; en tanto, el fondo de este proyecto Ley, sería catastrófico y considerado como una casería de brujas si es que en los próximos días no se la revisa y se la analiza en el fondo del contenido, dado que, desde que se indica “Perturbar La Paz Pública”, las protestas sociales podrían ser tipificados como actos de terrorismo blanco, delito que conllevaría a la captura de todos los dirigentes y lideres sociales, que no hacen mas que reclamar derechos que les corresponden.
En consecuencia, de modo que Daniel Abugattás proviene de una bancada parlamentaria Nacionalista y un partido Progresista, dudo que la intención y la iniciativa legislativa sea para perseguir a dirigentes y destruir el movimiento popular; por lo que, es de emergencia analizar el fondo del proyecto, toda vez que, esta puede variar sustancialmente si se le da una interpretación del estado del derecho, y mas aun, si es analizada a quienes realmente podría alcanzar el ante proyecto Ley.
Atentamente.
Sergio Gonzales Apaza
Comunicador Social
Autor del Libro
“Nuestras Luchas”
perusergiogonzales@hotmail.com
perusergiogonzales@gmail.com
http://enlabocadelloboperu.blogspot.com/
SINTONICE
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De Lunes A Sábado
Hora: 7:00 A.M a 10:00 A.M.
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